Circular 07/26. Deducción fiscal en el IRPF de los gastos federativos y de socio de un club.
¿Estuviste federado en 2025? Si es así, ¡enhorabuena! puedes deducirte en la declaración de la Renta de 2025 el 15% del importe abonado por tu afiliación federativa, con un límite de 100€ anuales por persona.
Asimismo, también podrás deducirte el importe abonado por cuotas de pertenencia o adhesión a clubes deportivos, a gimnasios y a centros deportivos, con el mismo porcentaje y límite, siempre que dichas cuotas estén vinculadas a la práctica deportiva.
- ¿Dónde está regulado? Artículo 22 bis de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026.
- ¿Quién se puede aplicar dicha deducción?
- Quienes tengan la residencia fiscal en Andalucía en el año 2025.
- No hay límite de renta.
- Quienes hayan abonado, total o parcialmente, dichas cantidades.
- Se incluye los gastos del propio contribuyente, del cónyuge o pareja de hecho inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía, y las personas que generen derecho a mínimo familiar por descendientes y ascendientes.
- Si el pago ha sido realizado por varias personas, la deducción se aplica en función de las cantidades efectivamente abonadas por cada uno, respetando el límite máximo de 100€ anuales por contribuyente:
AMD. Convocatoria Campeonato de Andalucía de F5J 30 grs. F.N. Aljaraque, 3 de mayo.
Por la presente se convoca a todos los aeromodelistas a participar en el Campeonato de Andalucía de F5J – 30 gramos – 2026, a celebrar el próximo día 3 de mayo en las pistas del Club de Aeromodelismo Plus Ultra, situadas en Aljaraque (Huelva).
El plazo de inscripciones finaliza el día 30 de abril.
Formulario de inscripción: https://forms.gle/DPAnKxXe8J95zd918
Circular 06/26. Red de Ganadores: Subvenciones para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.
En el BOJA del día de hoy, miércoles 8 de abril de 2026, ha sido publicada la Resolución de 30 de marzo de 2026, de la Dirección General de Eventos e Instalaciones Deportivas, de la Consejería de Cultura y Deporte, por la que se convocan, para el ejercicio 2026, las subvenciones a conceder en materia de deporte, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del PATROCINIO PUBLICITARIO DEPORTIVO.
(PDF 545 KB) BOJA. Convocatoria Red de Ganadores.
(PDF 172 KB) BOJA. Extracto de la Convocatoria Red de Ganadores.
(PDF 141 KB) Aspectos principales de las Bases Reguladoras.
(PDF 10 MB) Infografía 2026.
(PDF 308 KB) Modelo de contrato de patrocinio.
(PDF 70 KB) Modelo de declaración de mínimis 2026.- Modelos de justificación:
30 deportistas andaluces solicitan la Ayuda ADN gracias a la gestión de la FEADA.
La FEADA ha colaborado con 30 deportistas en la tramitación de la solicitud de las Ayudas al Deporte No Olímpico (ADN) convocadas por la Junta de Andalucía. Dichos deportistas podrán recibir un mínimo de 750,00€, lo que supondría un total de 22.500,00€. Por especialidades, el número de deportistas es el siguiente:
- Parapente: 11 deportistas.
- Aeromodelismo: 9 deportistas.
- Ala Delta: 5 deportistas.
- Paramotor: 5 deportistas.
Para acceder a dichas ayudas los deportistas deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento de Andalucía, así como tener la condición de andaluz y no estar sancionado deportivamente, entre otros requisitos. Una vez que la Junta de Andalucía emita la propuesta provisional de concesión de dichas ayudas, la FEADA volverá a contactar con cada deportista para ayudarle personalmente en la gestión del resto de documentación que tendrá que presentar.
Circular 05/26. Calendario Oficial 2026.
En la web de la FEADA, en la sección «Calendario» se encuentra publicado el calendario actualizado, a día de hoy, correspondiente a la temporada 2026.
Asimismo, dentro de la sección de cada especialidad deportiva que figura en la web, en el apartado «Calendario» se irá publicando el calendario de eventos previsto para 2026, así como los enlaces a las convocatorias de cada evento y las clasificaciones correspondientes.
Se recuerda a los organizadores de cada actividad federativa oficial que las convocatorias de cada actividad debe remitirse con al menos un mes de antelación a la fecha de celebración, asimismo, las clasificaciones y demás documentación justificativa debe remitirse en el plazo de un mes desde la fecha de finalización de la actividad.