Circular 33/20. COVID-19: Desplazamientos federados para asistencia a competiciones y entrenamientos
viernes, 30 de octubre de 2020

El pasado día 29 de octubre, salió publicado en BOJA el Decreto del Presidente 8/2020, por el que se establecen medidas en el ámbito de la COmunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

En el citado Decreto 8/2020, entre otras medidas, se establece la restricción de entrada y salida de personas del territorio de Andalucía a partir de las 00:00 horas del día 30/10/2020 y hasta las 00:00 horas del día 09/11/2020, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos relacionados, entre los que se encuentra:

J) Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.

Por tanto, se permiten los desplazamientos para la participación en competiciones oficiales, bastando la licencia deportiva como "salvoconducto". Asimismo, la Junta de Andalucía, en las infografías que está difundiendo, además de las competiciones oficiales incluye los entrenamientos.