Circular 25/20. COVID-19: Exenciones en el ámbito de las licencias de pilotos de ultraligero. |
jueves, 04 de junio de 2020 | |
El pasado día 30/05/2020, se publicó en el BOE la Orden SND/457/2020, de 29 de mayo, por la que se adoptan exenciones en el ámbito de las licencias de pilotos de aeronaves ultraligeras con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Orden SND/457/2020, de 29 de mayo (PDF 228 KB) En dicha Orden se pone de manifiesto que las restricciones en materia de movilidad ocasionadas por el COVID-19, están dificultando a los pilotos, instructores y examinadores de licencias de ultraligero, a cumplir con los requisitos exigidos para el mantenimiento de las habilitaciones, certificados que se insertan en las licencias. Esta situación impide a los pilotos de ultraligero mantener su experiencia reciente para mantener sus habilitaciones insertas en la licencia y, por tanto, revalidarlas. Asimismo, se recogen otras situaciones como la imposibilidad de realizar exámenes teóricos y la de cumplir con los requisitos exigidos para revalidar las atribuciones de examinador de licencias de ultraligero. En base a ello, la Orden SND/457/2020, establece unas exenciones al cumplimiento de los requisitos aplicables a las licencias, habilitaciones y certificados de pilotos de ultraligero emitidos por AESA, para flexibilizar mediante exención algunos requisitos exigidos por el RD 123/2015, de 27 de febrero, por el que se regula la licencia y habilitaciones del piloto de ultraligero. Así:
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