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Circular 30/09. Convocatoria Becas Programa Élite - Deportistas de Alto Nivel. Fin plazo: 11 enero. PDF Imprimir E-Mail
lunes, 21 de diciembre de 2009

 En el día de hoy, lunes 21 de diciembre, ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) la Resolución de 3 de diciembre de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes sobre la relación de deportistas de alto nivel correspondiente al segundo listado de 2009.

La Junta de Andalucía, a través del Programa Élite concede Becas para sufragar los gastos que origine el proyecto o programa deportivo de los deportistas andaluces incluidos en dicha relación de Deportistas de Alto Nivel. Para poder ser beneficiario de dichas becas, es necesario presentar la solicitud, en el modelo oficial (Anexo de la Orden de 19 de mayo de 2003), antes del día 11 de enero.

En la relación que aparece publicada en el BOE, figuran los siguientes deportistas andaluces: Francisco José Guerra Cubero, César Maldonado García y Manuel Torné Girón.

REQUISITOS:

  1. Tener nacionalidad española.
  2. Estar empadronado en alguno de los Municipios de Andalucía en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  3. Tener la condición de deportista de alto nivel.
  4. Actuar con licencia deportiva de una federación deportiva andaluza, al menos, en las dos temporadas anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  5. No superar sus ingresos anuales procedentes de su actividad deportiva, del 150% el salario mínimo interprofesional fijado cada año, en el caso de los deportistas profesionales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33.1 de la Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte.
  6. No haber sido separado del servicio o despedido de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.
  7. No haber sido objeto de una resolución administrativa o judicial firme de reintegro, sin que se haya acreditado su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente.


DOCUMENTACION A ADJUNTAR A LA SOLICITUD:

A) Documentación genérica:

  • Copia autenticada de los documentos acreditativos de la personalidad del solicitante de la beca (DNI), así como, en su caso, de la representación en la que actúe.
  • Declaración responsable de no haber sido separado o despedido del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, mediante expediente disciplinario.

B) Documentación específica:

  • Certificado de empadronamiento en cualquier municipio de Andalucía, en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Copias autenticadas de las licencias deportivas emitidas por la federación andaluza correspondiente, en las dos temporadas anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Declaración responsable de que únicamente posee licencia deportiva expedida por la federación deportiva andaluza.
  • Declaración responsable, en su caso, sobre la denominación social del club deportivo en el que compite.
  • Resumen del proyecto de las actividades que se pretende financiar, incluyendo calendario y programa previstos, suscrito por el Director de la Actividad y el presupuesto global de las actividades programadas, expresando, en su caso, las distintas fuentes de financiación.
  • Declaración responsable de si se ostenta o no la condición de deportista profesional y, en el caso de que así fuere, dicha declaración irá referida a los ingresos derivados de la prestación de sus servicios personales o profesionales, provenientes de modo principal, directa o indirectamente, de la práctica del deporte.
  • Declaración responsable de que sobre los mismos no ha recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro de becas anteriormente concedidas o, en su caso, acreditar su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente.

JUSTIFICACION DE LA BECA. DOCUMENTACION:

Los beneficiarios de estas ayudas deberán aportar la siguiente documentación justificativa de su aplicación:

  • Certificación expedida por el Director de la Actividad.
  • Declaración responsable del importe total del gasto generado por las actividades objeto de la beca, especificando las aportaciones de los promotores, la beca otorgada a través de la presente Orden y aquellas otras ayudas que provengan de otros organismos públicos o privados, nacionales o internacionales.
  • Documentación en la que se acredite el cumplimiento de la obligación del beneficiario de hacer constar la colaboración de la Consejería de Turismo y Deporte en los actos, publicidad y desarrollo de sus actividades.

La documentación justificativa del empleo de la beca concedida, deberá presentarse antes del día 30 de noviembre de cada año, salvo la correspondiente a las becas concedidas en el último cuatrimestre del año, cuyo plazo de presentación finalizará el día 31 de enero del año siguiente.

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO.

  1. Realizar las actividades para la que se le ha becado o adoptar el comportamiento que fundamente la concesión, en la forma y plazo establecidos.
  2. Justificar ante el órgano concedente la realización de las actividades, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la beca, de acuerdo con lo establecido en el punto anterior.
  3. El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, en su caso, y a las de control que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con las becas y ayudas concedidas, y a las previstas en la normativa reguladora del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitándoles cuanta información le sea requerida.
  4. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras becas o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, en el plazo máximo de quince días desde la notificación de las mismas, así como las alteraciones que hubiere.
  5. Facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía.
  6. Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo del proyecto en el momento en que se produzca, así como los cambios de domicilio del beneficiario, a los efectos de las notificaciones.
  7. Hacer constar la colaboración de la Consejería de Turismo y Deporte en los actos, publicidad y desarrollo de sus actividades.

 

 
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