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Saturday, 17 de June de 2006 |
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Póliza del Seguro de Accidentes Deportivos.
Compañía aseguradora: MAPFRE.
Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil.
Compañía aseguradora: AVIABEL.
Procedimiento de Actuación en caso de "Accidente Deportivo con Lesiones"
La asistencia médica garantizada en la Póliza será prestada por el Centro Médico o facultativo concertado por MAPFRE SEGUROS GENERALES.
Para acceder a ella es imprescindible seguir los siguientes pasos:
- Cumplimentación del "PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES" que deberá ser firmado y sellado por la Federación.
- Poner en conocimiento de la compañía aseguradora el accidente, llamando al Centro de Atención 24 horas de MAPFRE, teléfono 902.136.524. El accidente debe ser comunicado inmediatamente después de su ocurrencia.
- En la comunicación telefónica debe facilitarse:
- Datos Personales del lesionado.
- Datos del lugar en el que ocurre el siniestro.
- Fecha y forma de ocurrencia.
- Daños físicos.
- Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención facilitará el número de expediente, que deberá ser anotado en el encabezamiento del Parte. El comunicante remitirá posteriormente el parte por fax a MAPFRE al número 91.700.30.73.
- El asegurado lesionado debe acudir al CENTRO MÉDICO CONCERTADO aportando el "Parte de comunicación de Accidentes" debidamente cumplimentado. (Es imprescindible para recibir asistencia que en el parte conste el número de expediente).
- En los casos de URGENCIA VITAL, el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo. MAPFRE SEGUROS GENERALES se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia del accidente.
- Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado al Centro Médico Concertado para continuar su tratamiento.
En caso de permanencia en Centro Médico NO CONCERTADO, MAPFRE SEGUROS GENERALES NO ASUMIRÁ EL PAGO DE LAS FACTURAS derivadas de los servicios prestados.
- CENTROS MÉDICOS CONCERTADOS. Ver en la parte superior.
- ATENCIÓN SANITARIA EN ACCIDENTES OCURRIDOS DURANTE DESPLAZAMIENTOS
Existe una relación de Centros Concertados a los que el lesionado puede acudir a recibir asistencia sanitaria en casos de desplazamiento.
Necesitarán autorización previa de la compañía las siguientes pruebas y tratamientos:
- Pruebas especiales de diagnóstico (TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias, ...).
- Intervenciones Quirúrgicas.
- Rehabilitación.
En otros casos el médico o Centro Médico concertado solicitará a MAPFRE SEGUROS GENERALES dicha autorización al fax nº 91 / 700 30 73. A dicha autorización se ha de acompañar copia del informe médico detallado, facilitándose, también por fax, la correspondiente autorización o denegación de la prueba o tratamiento solicitado. Cualquier prueba o tratamiento realizado sin autorización previa de la compañía correrá por cuenta del Asegurado. Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a MAPFRE SEGUROS GENERALES el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente.
Procedimiento de Actuación en caso de "Siniestro de Responsabilidad Civil"
Remitir a la FEADA en el plazo máximo de 5 días el formulario de Declaración de Accidente.
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